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Observatorio Ciudadano
Santiago-Temuco, 26 de junio de 2006.
El día jueves, 25 de junio, la Corte Marcial confirmó, por
unanimidad de sus miembros, el auto de procesamiento por el delito de “violencia
innecesaria con resultado de muerte” en contra del cabo de Carabineros
Walter Ramírez, por su presunta responsabilidad en la muerte del joven
mapuche Matías Catrileo, ocurrida en La Araucanía el 3 de enero
de 2008.
El Observatorio Ciudadano valora la resolución de la Corte Marcial,
esperando que a la brevedad se determinen en definitiva las responsabilidades
penales por dicho delito.
Con el auto de procesamiento en contra del cabo Ramírez se da un importante
paso para evitar que la muerte del joven Matías Catrileo quede en
la impunidad. Ello contrariamente a lo ocurrido , en el caso de Alex Lemún
quien falleció el 12 de noviembre de 2002 a los 17 años a manos
de un Oficial de Carabineros, Oficial que resultó exento de toda responsabilidad
penal por los tribunales militares, evidenciando una total falta de imparcialidad.
Esperamos que en el proceso seguido en contra del cabo de Carabineros Walter
Ramírez se garantice una investigación transparente y que establecida
su responsabiilidad penal se asigne una pena justa y proporcional a la gravedad
de un crimen de esta naturaleza.
A pesar de la señal de imparcialidad que entrega la justicia militar en
este caso, el Observatorio Ciudadano en su calidad de organización de
derechos humanos no quiere dejar pasar la ocasión para representar ante
las autoridades y la ciudadanía las objeciones que desde la perspectiva
del derecho al debido proceso amerita la Justicia Militar en Chile, cuya competencia
se extiende sobre la sociedad civil sin las adecuadas garantías procesales
para el ejercicio de los derechos. Reiteramos la urgente necesidad que el Código
de Justicia Militar sea reformado para poner término al encausamiento
en sede Militar de los hechos que involucran a personas con fuero militar que
cometen delitos en contra de civiles, así como a civiles que cometen delitos
en contra de personas con fuero militar, exigiendo que éstos hechos sean
conocidos por los Tribunales Ordinarios de Justicia.
Cabe recordar que los órganos de tratado de que Chile es parte, incluyendo
el Comité de Derechos Humanos de la ONU el 2007, y el Comité Contra
la Tortura el 2009, han manifestado al Estado de Chile la necesidad de reformar
el Código de Justicia Militar para que “se establecen límites
a la competencia y jurisdicción de los tribunales militares”, es
decir “únicamente al enjuiciamiento de personal militar acusado
de delitos de carácter militar exclusivamente”.
La misma recomendación fue hecha por el Consejo de Derechos Humanos de
la ONU al Estado de Chile en mayo pasado, lo que hace más urgente la introducción
de reformas para poner término a esta realidad que vulnera el derecho
al acceso a la justicia y al debido proceso.
Instamos tanto al gobierno como al legislativo para que estas reformas sean introducidas
en el curso del presente año, teniendo presente para ello los lineamientos
establecidos por las instancias de la ONU antes referidas, única manera
de asegurar el término de la impunidad que lamentablemente en muchos casos
aún persiste en Chile para delitos cometidos por militares en contra de
población civil.